Regl. 944, art. 1
Recomendaciones de las Autoridades Nominadoras
Cite as Reglamento Núm. 944, Art. 1
Anualmente durante el mes de diciembre las autoridades nominadoras enviarán
al Director un informe conteniendo sus recomendaciones sobre la necesidad que haya
de personal especializado en sus respectivas agencias. A tono con estas recomendaciones y tomando en cuenta los fondos que haya disponibles, el Director determinará
el número y clase de becas y licencias para estudio que se concederán durante el
curso académico subsiguiente. En el caso de licencias para estudios, el informe
deberá contener los nombres de los empleados recomendados para cursar estudios
durante el próximo año académico, indicando en cada caso la necesidad que haya
para el servicio público de los conocimientos especializados que han de adquirir los
empleados recomendados.