Regl. 9452, art. 10.3
EVALUACIÓN DE LAS CONDICIONES PREDESARROLLO
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Cite as Reglamento Núm. 9452, Art. 10.3
Las condiciones predesarrollo son la base para los cálculos hidrológicos y permitirá la comparación
con los resultados de los análisis hidrológicos postdesarrollo y determinación de la efectividad de las
prácticas LID en la fase de planificación y diseños del proyecto. Por lo tanto, es importante
REGLAMENTO PARA EL DISEÑO, CRITERIOS DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE
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SISTEMAS DE ALCANTARILLADOS PLUVIALES EN PUERTO RICO, 2022
documentar las caracterÃsticas de esta condición con información adecuada y recolectada
profesionalmente. Información relevante para este fin es la siguiente, entre otras.
Mapas históricos y actuales de uso de terreno.
Mapa de tipos de suelos.
Fotografias aéreas.
Planos de carreteras y servicios públicos.
Planos topográficos y de drenaje identificando depresiones existentes en el sitio.
Mapas de zona inundables y humedales.
Identificar zonas de amortiguamiento de rÃos y otros cuerpos de agua, zonas de reserva o
protegidas, tales como bosques estatales y cabeceras de rÃos.
Inventario de árboles y vegetación. Se recomienda incluir árboles de tronco mayor de 10 cm
(4 pulgadas) de diámetro.
Datos de lluvia (preferiblemente por hora).
Inventario de la vegetación disponible en la zona.