Regl. 9452, art. 10.3

EVALUACIÓN DE LAS CONDICIONES PREDESARROLLO

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Cite as Reglamento Núm. 9452, Art. 10.3

Las condiciones predesarrollo son la base para los cálculos hidrológicos y permitirá la comparación con los resultados de los análisis hidrológicos postdesarrollo y determinación de la efectividad de las prácticas LID en la fase de planificación y diseños del proyecto. Por lo tanto, es importante REGLAMENTO PARA EL DISEÑO, CRITERIOS DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE 10-4 SISTEMAS DE ALCANTARILLADOS PLUVIALES EN PUERTO RICO, 2022 documentar las características de esta condición con información adecuada y recolectada profesionalmente. Información relevante para este fin es la siguiente, entre otras. Mapas históricos y actuales de uso de terreno. Mapa de tipos de suelos. Fotografias aéreas. Planos de carreteras y servicios públicos. Planos topográficos y de drenaje identificando depresiones existentes en el sitio. Mapas de zona inundables y humedales. Identificar zonas de amortiguamiento de ríos y otros cuerpos de agua, zonas de reserva o protegidas, tales como bosques estatales y cabeceras de ríos. Inventario de árboles y vegetación. Se recomienda incluir árboles de tronco mayor de 10 cm (4 pulgadas) de diámetro. Datos de lluvia (preferiblemente por hora). Inventario de la vegetación disponible en la zona.
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