Regl. 9452, art. 5.11 dup2

PROFUNDIDAD DEL AGUA PARA EL CAUDAL DE DISEÑO

Length: 90 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9452, Art. 5.11 dup2

a. La profundidad del agua máxima para el caudal de diseño será la correspondiente a una razón de profundidad/diámetro y/D máxima de 0.7, donde y es la profundidad normal y D es el diámetro del tubo. b. En la validación del diseño con los simuladores computadorizados podría resultar que algunos de los conductos estén fluyendo a presión (completamente llenos). En estos casos se harán los ajustes en el diseño para evitar esta condición de flujo y que la profundidad de agua no exceda la condición establecida en la Sección 5.11.a.
Regl. 9452, art. 5.11 dup2: PROFUNDIDAD DEL AGUA PARA EL CAUDAL DE DISEÑO | Justis AI