Regl. 9452, art. 5.16 dup2
NIVELES PARA DESCARGA A CUERPOS DE AGUA RECEPTORES
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Cite as Reglamento Núm. 9452, Art. 5.16 dup2
a. El diseño debe evaluar los niveles de agua en el cuerpo de agua receptor para
evitar que la salida del sistema pluvial quede tan sumergida que ocasione
inundaciones por efectos de remanso de agua.
b. El diseñador incluirá en su informe el criterio utilizado para estimar los niveles
de agua del cuerpo receptor correspondientes a las frecuencias de diseño
establecidas en este reglamento.