Regl. 9452, art. 7.2

LEYES Y REGLAMENTOS

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Cite as Reglamento Núm. 9452, Art. 7.2

a. Todo proyecto cuyo predio contenga uno o varios sumideros requerirá endoso del DRNA según se dispone en el Reglamento Conjunto vigente. b. Las leyes, reglamentos y planes de manejo que se mencionan a continuación protegen estas formaciones geológicas 1. Ley Núm. 111 de 12 de julio de 1985, según enmendada, conocida como "Ley para la Protección y Conservación de Cuevas, Cavernas o Sumideros de Puerto Rico", que dispuso la política pública del Estado Libre Asociado (ELA) de Puerto Rico sobre la protección y conservación de las cuevas, cavernas y sumideros en la jurisdicción del ELA; 2. Ley Núm. 292 de 21 de agosto de 1999, según enmendada, conocida como "Ley para la Protección y Conservación de la Fisiografía Cárstica de Puerto Rico". 3. En virtud de la Ley Núm. 292, supra, el Plan y Reglamento del Área de Planificación Especial del Carso (PRAPEC), el cual fue aprobado mediante el Boletín Administrativo Núm. OE-2014-022 del 27 de mayo de 2014. 4. Reglamento para el Control de Inyección Subterránea promulgado mediante Resolución R-83-23-1.
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