Regl. 9453, art. 1 dup8

Inspecciones de Calidad y Cumplimiento a las Instituciones

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Cite as Reglamento Núm. 9453, Art. 1 dup8

Proveedoras A. El/la Director(a) de la Oficina de Organismos Reguladores podrá realizar, a través de sus inspectores o representantes autorizados, Inspecciones de Calidad y Cumplimento a todas las instituciones proveedoras, con o sin previo aviso. B. La Inspección de Calidad y Cumplimento que se lleve a cabo tendrá como propósito: 1. Determinar si se está cumpliendo, antes y después del inicio de operaciones, con todas las normas y requisitos establecidos en las leyes y reglamentos aplicables que regulan la ejecución y funcionamiento de instituciones proveedoras bajo este Reglamento. 2. Asesorar a las instituciones proveedoras sobre los requisitos y las normas mínimas exigidas por este Reglamento. 3. Evaluar la calidad de los servicios ofrecidos por los proveedores y el cumplimiento con el presente Reglamento. 4. Llevar a cabo inspecciones de seguimiento para evidenciar el progreso de todo Plan Correctivo presentado por la institución proveedora. C. El/la Directora(a) de la Oficina de Organismos Reguladores podrá, a través de sus inspectores o representantes autorizados, durante un proceso de Inspección de Calidad y Cumplimento o la investigación de una querella, tomar fotografías de la estructura física y los bienes muebles de la entidad proveedora a fin de evidenciar deficiencias, correcciones, ampliaciones o cualquier otro aspecto inherente y pertinente al proceso de inspección o la investigación de la querella. No se autoriza la toma de fotografías a participantes, pacientes, personal regular o contratado de la institución proveedora. D. Toda Inspección de Calidad y Cumplimiento se llevará a cabo en un término de quince (15) días laborables una vez sea asignado el caso. Este término podrá extenderse por justa causa por un periodo de quince (15) días calendario adicionales previa solicitud por escrito a el/al director(a) de la Oficina de Organismos Reguladores a tales fines. Página 52 de 78
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