Regl. 9453, art. 6 dup4

Solicitud de Dispensa

Length: 487 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9453, Art. 6 dup4

A. Toda institución proveedora no hospitalaria que brinde servicios de tratamiento transicional y/o residencial de salud mental o contra la adicción bajo las clasificaciones de: sustituto, grupal, sintomatología persistente, condiciones especiales, geriátrico y de vida independiente, incluyendo aquellos que son para niños(as) y adolescentes, que al presentar una solicitud de renovación de licencia tenga como parte de su censo a participantes no autorizados, tomando en consideración la población para la cual le fue otorgada la licencia inicial o la renovación de esta, podrá solicitar por escrito ante el/la Administrador(a) de la ASSMCA o la persona autorizada por este(a) una solicitud de dispensa por cada participante, adicional a su censo aprobado. B. Toda solicitud de dispensa deberá contener: nombre de la institución proveedora en la que está ubicado o se intenta ubicar al participante; nombre del participante; sexo y edad del participante, razón que justifique la solicitud de dispensa; nombre, lugar de empleo, puesto que ocupa, dirección de correo electrónico y firma de la persona que solicita la dispensa. C. En caso de agencias gubernamentales, ya sean estatales o municipales, incluyendo la ASSMCA, la solicitud de dispensa deberá ser presentada por el funcionario de la Agencia que interesa ubicar al participante en la institución proveedora. D. El/la Administrador(a) de la ASSMCA o la persona autorizada por este(a) evaluará toda solicitud de dispensa con el propósito de determinar si se aprueba o se deniega la misma. Página 34 de 78 E. La aprobación o denegación de la dispensa se notificará por escrito al solicitante mediante correo electrónico. F. En caso de una denegación de dispensa, el/la Administrador(a) de la ASSMCA o su representante autorizado le informará por escrito al solicitante de la dispensa la razón por la cual no fue aprobada. Lo anterior no significa que la persona interesada en la obtención de la dispensa pueda presentar una nueva solicitud para otra institución proveedora. G. Toda solicitud de dispensa tendrá un término de vigencia no mayor de seis (6) meses. En caso que las razones que dieron margen a la solicitud, aprobación y expedición de la dispensa prevalezcan faltando (30) días calendarios para la expiración de la dispensa, la misma se solicitará por escrito nuevamente. H. No se permitirá la ubicación de más de cinco (5) participantes mediante una solicitud, aprobación y expedición de dispensa en ninguna institución proveedora de las mencionadas en el inciso A de este Artículo. I. La aprobación y expedición de una dispensa no significa que la ASSMCA asume la responsabilidad por la ubicación del participante en la institución proveedora, excepto en aquellos casos donde la dispensa sea solicitada por la misma Agencia, en cuyo caso la responsabilidad recaerá sobre la Oficina o el Programa que solicitó la ubicación del participante. J. Toda entidad proveedora que incurra en violación a este Artículo se expone a una multa administrativa cónsono con las disposiciones de este Reglamento. Página 35 de 78 CAPÍTULO IV CLASIFICACIONES DE LAS LICENCIAS
Regl. 9453, art. 6 dup4: Solicitud de Dispensa | Justis AI