Regl. 4023, art. 8
Reglamento de Salud Num. 64: crea el programa de notificacion y registro de los casos de telarquia prematura y desarrollo sexual precoz.
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Cite as Reglamento Núm. 4023, Art. 8
La SecretarÃa Auxiliar contará con el personal capacitado para la búsqueda de casos de
telarquia y desarrollo sexual prematuro para
visitar y obtener información de estos casos
en las oficinas de médicos y laboratorios,
según se dispone en los ArtÃculos 2 y 3 de la
Ley.