Regl. 4032, art. 2-2.4
Sustancias no Narcóticas Excluídas
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Cite as Reglamento Núm. 4032, Art. 2-2.4
A la fecha de vigencia de este Reglamento se considerarán
excluídas de las Clasificaciones I a V de la Ley Núm. 4, supra,
las sustancias no narcóticas que se señalan, ya sea por su
nombre oficial, común o usual, químico o de fábrica por el
cual se designan, en la Sección 1308.22 de la Parte 1308, supra.
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