Regl. 9460, art. 10 dup2

ANÁLISIS DE SOLICITUDES

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Cite as Reglamento Núm. 9460, Art. 10 dup2

Este análisis se hace para determinar la elegibilidad del aspirante. El mismo, conlleva la revisión de la documentación requerida para evaluar la preparación académica, la experiencia, los adiestramientos u otros requerimientos, o una combinación de todas. Se determina la elegibilidad del aspirante de conformidad con los criterios de reclutamiento que se establezcan. Además, se evalúa si el aspirante cualifica para lo siguiente: Bonificación a los veteranos elegibles, de acuerdo con la Ley 203-2007, Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI, según enmendada. 32-00-011 Bonificación a las personas con impedimentos de acuerdo con la Ley 81-1996, Ley de Igualdad de Oportunidades de Empleo para Personas con Impedimentos, según enmendada. Bonificación a los empleados, exempleados de la Oficina y a los estudiantes de internado que sean elegibles. A estos, se les otorga una bonificación de cinco puntos en el análisis que se realice. Bonificación a los beneficiarios de los programas de asistencia económica gubernamental, que se encuentren bajo las disposiciones de PROWRA que sean elegibles. A un aspirante se le deniega una solicitud de empleo por las siguientes razones, entre otras: No reunir los requisitos mínimos establecidos para el puesto. Fro Haber realizado o intentado realizar engaño o fraude en la información sometida. Entregar la solicitud de manera incompleta o tardía. Al aspirante que le sea denegada una solicitud, se le notifica por escrito la causa de la denegatoria. Los aspirantes inelegibles pueden solicitar revisión ante la directora de la DCH en el período de 15 días a partir de la fecha del matasellos de correo o la fecha de envío por medio del correo electrónico de la notificación.
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