Regl. 9460, art. 8
CONVOCATORIAS
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Cite as Reglamento Núm. 9460, Art. 8
De autorizarse el reclutamiento, se emite una convocatoria para invitar a
aquellos aspirantes que interesan participar del proceso. Las oportunidades de
empleo se divulgan por los medios de comunicación más adecuados para atraer
a los mejores aspirantes mediante la libre competencia. Esta convocatoria
ofrece información sobre los detalles del puesto que se interesa cubrir, tales
como, el título y la naturaleza del puesto, el sueldo, la fecha límite para
solicitar, los requisitos de admisión, los documentos requeridos y las
instrucciones para solicitar, entre otros.
32-00-08
A manera de excepción, la Contralora puede autorizar convocatorias internas
tomando en consideración que la experiencia laboral en la Oficina de los
funcionarios o los empleados que aspiren a puestos de carrera resulta
beneficiosa por su conocimiento en auditoría o en otras áreas de esta. Para tal
propósito, se debe establecer como uno de los criterios un amplio
conocimiento de la Oficina por los aspirantes. Esto, basado en las operaciones,
las normas, los reglamentos y los procedimientos establecidos en la Oficina.
Una convocatoria se puede cancelar o enmendar luego de ser publicada
mediante un aviso público, por otra convocatoria o con un comunicado de la
Contralora a los aspirantes.