Regl. 9460, art. 8

CONVOCATORIAS

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Cite as Reglamento Núm. 9460, Art. 8

De autorizarse el reclutamiento, se emite una convocatoria para invitar a aquellos aspirantes que interesan participar del proceso. Las oportunidades de empleo se divulgan por los medios de comunicación más adecuados para atraer a los mejores aspirantes mediante la libre competencia. Esta convocatoria ofrece información sobre los detalles del puesto que se interesa cubrir, tales como, el título y la naturaleza del puesto, el sueldo, la fecha límite para solicitar, los requisitos de admisión, los documentos requeridos y las instrucciones para solicitar, entre otros. 32-00-08 A manera de excepción, la Contralora puede autorizar convocatorias internas tomando en consideración que la experiencia laboral en la Oficina de los funcionarios o los empleados que aspiren a puestos de carrera resulta beneficiosa por su conocimiento en auditoría o en otras áreas de esta. Para tal propósito, se debe establecer como uno de los criterios un amplio conocimiento de la Oficina por los aspirantes. Esto, basado en las operaciones, las normas, los reglamentos y los procedimientos establecidos en la Oficina. Una convocatoria se puede cancelar o enmendar luego de ser publicada mediante un aviso público, por otra convocatoria o con un comunicado de la Contralora a los aspirantes.
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