Regl. 4032, art. 2-3.0

Adopción por referencia de reglamentación

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Cite as Reglamento Núm. 4032, Art. 2-3.0

federal Con relación a lo dispuesto por el inciso (d) del Artículo 202 de la Ley Núm. 4, supra, para exceptuar compuestos, mezclas o preparaciones, que contengan cualquier sustancia deprimente o estimulante de la Clasificación III (a) o (b) de la Clasificación IV o V, se adoptan por referencia y regirán con fuerza de ley las disposiciones que aparecen en el Reglamento Federal de Sustancias Controladas, publicado en el Code of Federal Regulations, 21 Food and Drugs, Parte 1308, Sección 1308.32.
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