Regl. 9461, art. 9-3

Inversiones y Actividades Inelegibles.

Length: 74 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9461, Art. 9-3

Bajo ningún concepto se permitirá el uso del capital contribuido al Fondo de Capital Privado por sus inversionistas acreditados ("paid-in capital") para ser invertido en entidades inelegibles bajo las disposiciones de la Ley Núm. 185-2014, la Ley Núm. 60-2019 y la Ley Núm. 40-2020, según aplique. Igualmente, no se permitirá el uso del capital contribuido al Fondo de Capital Privado por sus inversionistas acreditados ("paid-in capital") para conceder préstamos y financiamientos a personas naturales.
Regl. 9461, art. 9-3: Inversiones y Actividades Inelegibles. | Justis AI