Regl. 4032, art. 2-4.2 dup2
Reglamento Num. II de Sustancias Controladas: establece el procedimiento para adicionar, controlar, eliminar o cambiar cualquier droga o sustancia controlada de las clasificaciones I a la V
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Cite as Reglamento Núm. 4032, Art. 2-4.2 dup2
modificación de su registro; para preparar, conservar y
someter los informes que le sean requeridos, y para la
devolución de las existencias de aquellas sustancias que
obren en su poder afectadas por este Reglamento y que no
estén cubiertas por su registro y respecto a las cuales
no interese continuar con ninguna de dichas actividades.