Regl. 4032, art. 2-4.6

Delegación

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Cite as Reglamento Núm. 4032, Art. 2-4.6

El Secretario podrá delegar cualquier función que por este Reglamento se confiere a la División para el Control de Drogas y Narcóticos al funcionario u organismo administrativo que él determine y designe para lograr el cumplimiento de los deberes y el ejercicio de las facultades conferidas por la Ley y por este Reglamento.
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