Regl. 9466, art. 6

Carácter Individual de la Solicitud

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Cite as Reglamento Núm. 9466, Art. 6

El solicitante que desee recibir representación legal para más de una controversia tendrá que presentar una solicitud individual para cada una de éstas, y cumplir con los requisitos dispuestos en este Reglamento para cada una de dichas controversias.
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