Regl. 9466, art. 9

Término para Solicitar Representación Legal por la

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Cite as Reglamento Núm. 9466, Art. 9

OIPC En los casos en que se trate de una determinación final de una compañía de servicio de energía, telecomunicaciones, transporte u otro servicio público, el solicitante deberá presentar su solicitud dentro del término de diez (10) días calendario, de emitida la misma, salvo que medie justa causa. El término de diez (10) días calendarios podrá ser extendido solamente si el solicitante demuestra de manera clara, satisfactoria y convincente a la OIPC que existe una justificación legítima y válida para la dilación en la presentación de su solicitud. Será discrecional de la OIPC asumir la representación legal de un consumidor que haya presentado la solicitud con posterioridad a este término, aun cuando el consumidor cumpla con los requisitos de elegibilidad. La OIPC no será responsable por el vencimiento de términos jurisdiccionales O de cumplimiento estricto, donde no se pueda evidenciar la existencia de justa causa, cuando el solicitante presenta su solicitud de manera tardía. 13
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