Regl. 9466, art. 9
Término para Solicitar Representación Legal por la
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Cite as Reglamento Núm. 9466, Art. 9
OIPC
En los casos en que se trate de una determinación final de
una compañía de servicio de energía, telecomunicaciones,
transporte u otro servicio público, el solicitante deberá
presentar su solicitud dentro del término de diez (10) días
calendario, de emitida la misma, salvo que medie justa causa.
El término de diez (10) días calendarios podrá ser extendido
solamente si el solicitante demuestra de manera clara,
satisfactoria y convincente a la OIPC que existe una justificación
legítima y válida para la dilación en la presentación de su
solicitud. Será discrecional de la OIPC asumir la representación
legal de un consumidor que haya presentado la solicitud con
posterioridad a este término, aun cuando el consumidor cumpla con
los requisitos de elegibilidad.
La OIPC no será responsable por el vencimiento de términos
jurisdiccionales O de cumplimiento estricto, donde no se pueda
evidenciar la existencia de justa causa, cuando el solicitante
presenta su solicitud de manera tardía.
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