Regl. 9467, art. IV-3
REGLAMENTO DE LOS CENTROS CULTURALES ADSCRITOS AL INSTITUTO DE CULTURA PUERTORRIQUEÑA
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Cite as Reglamento Núm. 9467, Art. IV-3
Identificación
Todo miembro afiliado recibirá del Centro Cultural en coordinación con el ICP una identificación que
lo acreditará como tal y le dará acceso y/o participación en las actividades que se organizan para el
pleno disfrute de sus miembros y la comunidad. Toda persona, miembro o no del Centro Cultural,
puede participar libremente de las actividades sin presentar dicha identificación, pero no así de las
asambleas deliberativas de la entidad.