Regl. 9467, art. IV-3

REGLAMENTO DE LOS CENTROS CULTURALES ADSCRITOS AL INSTITUTO DE CULTURA PUERTORRIQUEÑA

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Cite as Reglamento Núm. 9467, Art. IV-3

Identificación Todo miembro afiliado recibirá del Centro Cultural en coordinación con el ICP una identificación que lo acreditará como tal y le dará acceso y/o participación en las actividades que se organizan para el pleno disfrute de sus miembros y la comunidad. Toda persona, miembro o no del Centro Cultural, puede participar libremente de las actividades sin presentar dicha identificación, pero no así de las asambleas deliberativas de la entidad.
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