Regl. 9467, art. V-4

REGLAMENTO DE LOS CENTROS CULTURALES ADSCRITOS AL INSTITUTO DE CULTURA PUERTORRIQUEÑA

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Cite as Reglamento Núm. 9467, Art. V-4

Deberes del Presidente 1. Presidir las reuniones de la Junta de Directores y las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias del Centro Cultural. 2. Ser el portavoz de los acuerdos de la Junta de Directores y la representará en todos los asuntos oficiales que se relacionen con el Centro Cultural. 3. Convocar junto con el Secretario (a), para las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Junta de Directores y Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. 4. Firmar con el Secretario (a) las convocatorias y actas de las reuniones, y con el Agente Fiscal las órdenes de desembolso de fondos, cheques y giros. 5. Recomendar a la Junta de Directores del Centro Cultural la creación de los Comités Especiales en los diversos aspectos del pensamiento, el arte y la cultura puertorriqueña, y nombrar, previa consulta y ratificación de la Junta, a las personas que habrán de dirigirlos e integrarlos. 6. Informar en cada reunión a los miembros de la Junta de Directores de las gestiones relativas a su cargo. 7. Comunicar periódicamente e invitar a las reuniones al Representante de Promoción Cultural del ICP de su Región y mantenerlo al tanto de los asuntos relacionados con el Centro Cultural. 8. Rendir un informe escrito de su gestión en la Asamblea Ordinaria del Centro Cultural. 9. Firmar junto al Secretario (a) toda la correspondencia. 10. Dar lectura en las reuniones de la Junta a la correspondencia recibida y entregada al Secretario (a) para su archivo. 11. Reclutar para su asesoramiento los recursos necesarios para el mejor funcionamiento del Centro Cultural. 12. Delegar en cualquier otro miembro de la Junta del Centro su representación y la del Centro Cultural en caso de ausencia 0 incapacidad del Vice-presidente (a). 13. Entregar la presidencia a un miembro de la Asamblea en caso de que el Presidente (a) aspire a la reelección o a algún otro puesto electivo en la Junta de Directores del centro, hasta que 9 culmine el proceso de elección, tras lo cual el Presidente Cultural en funciones reasume la conducción de los trabajos. 14. El Presidente será miembro exoficio de todas las Comisiones.
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