Regl. 9469, art. 2
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Cite as Reglamento Núm. 9469, Art. 2
Se promulga este reglamento en virtud de las facultades conferidas a la AMA,
mediante la Ley Núm. 5 de 11 de mayo de 1959, según enmendada, conocida
como "Ley de la Autoridad Metropolitana de Autobuses", la cual en su ArtÃculo
6(c) faculta a la AMA para: "Formular, adoptar, enmendar y derogar
reglamentos para regir las normas de sus negocios en general y de ejercitar
y desempeñar los poderes y deberes que por ley se le confieren e imponen";
su ArtÃculo 9, que establece: "Los reglamentos de la Autoridad regirán el
funcionamiento interno de la misma y determinarán el comportamiento de sus
usuarios, además de las atribuciones, deberes y responsabilidades de sus
oficiales O funcionarios; y conforme a la Ley Núm. 38-2017, según enmendada,
conocida como la "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno
de Puerto Rico".
Número de Reglamento o Procedimiento:
H-23-02
DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS
AUTORIDAD METROPOLITANA DE AUTOBUSES
NORMAS PARA EL USO DE LOS AUTOBUSES DE LA RUTA REGULAR
DE LA AUTORIDAD METROPOLITANA DE AUTOBUSES
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