Regl. 9469, art. 2

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Cite as Reglamento Núm. 9469, Art. 2

Se promulga este reglamento en virtud de las facultades conferidas a la AMA, mediante la Ley Núm. 5 de 11 de mayo de 1959, según enmendada, conocida como "Ley de la Autoridad Metropolitana de Autobuses", la cual en su Artículo 6(c) faculta a la AMA para: "Formular, adoptar, enmendar y derogar reglamentos para regir las normas de sus negocios en general y de ejercitar y desempeñar los poderes y deberes que por ley se le confieren e imponen"; su Artículo 9, que establece: "Los reglamentos de la Autoridad regirán el funcionamiento interno de la misma y determinarán el comportamiento de sus usuarios, además de las atribuciones, deberes y responsabilidades de sus oficiales O funcionarios; y conforme a la Ley Núm. 38-2017, según enmendada, conocida como la "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico". Número de Reglamento o Procedimiento: H-23-02 DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS AUTORIDAD METROPOLITANA DE AUTOBUSES NORMAS PARA EL USO DE LOS AUTOBUSES DE LA RUTA REGULAR DE LA AUTORIDAD METROPOLITANA DE AUTOBUSES Página 3
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