Regl. 9472, art. 11-11.2 dup2
Divulgación y Contenido de la Convocatoria.
Length: 549 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9472, Art. 11-11.2 dup2
a. Se divulgarán las oportunidades de empleo en el Portal Electrónico del
Gobierno y por los medios de comunicación más apropiados en cada caso,
según lo disponga la OATRH con el propósito de atraer y retener en el servicio
público a las personas más capacitadas, mediante libre competencia.
b. Además del Portal Oficial del Gobierno de Puerto Rico, se considerarán medios
adecuados, entre otros, los siguientes: la radio, la televisión, prensa diaria,
publicaciones y revistas profesionales; comunicaciones en organizaciones
profesionales, cÃvicas, educativas y otras; comunicaciones oficiales Inter
53
agenciales; tablones de edictos; y otros medios que razonablemente puedan
llegar a las personas interesadas.
C. Al determinar la frecuencia de estos anuncios, se tomará en cuenta que los
mismos resulten efectivos para los fines de reclutamiento, que resulten
económicos y que faciliten al ciudadano la presentación y consideración de su
solicitud.
d. Cuando la convocatoria prescriba perÃodos 0 fechas determinadas para el
recibo de solicitudes, se observarán las siguientes normas:
1. Previo a comenzar cualquier reclutamiento en FIGNA, se deberá contar con
las correspondientes autorizaciones requeridas por normativa para ello.
2. Obtenido lo anterior, al surgir vacantes en los puestos regulares del servicio
de carrera, FIGNA podrá publicar convocatorias conforme a las directrices
emitidas por dichas agencias, para cubrir los mismos mediante un sistema
de competencia en igualdad de condiciones, de modo que se puedan atraer
y retener en el servicio público a las personas más capacitadas e idóneas
sin discrimen de clase alguna; Disponiéndose que por necesidades
urgentes del servicio, la agencia podrá utilizar el mecanismo de ascenso
sin oposición, según más adelante se define.
3. Cuando FIGNA requiera cubrir un puesto, emitirá la convocatoria
correspondiente que contendrá la siguiente información:
(a) Identificación de FIGNA con nombre, dirección fÃsica, postal y
electrónica y teléfonos.
54
(b) TÃtulo y número de la clase de puesto.
(c) Sueldo y escala.
(d) Expresión sobre las fechas de aceptación de solicitudes y fecha de
cierre.
(e) Tipo de competencia.
(f) Expresión de si la competencia estará limitada a empleados de la
agencia, a los cubiertos por la Ley-2017, en 0 abierta al público en
general.
(g) Naturaleza del examen según OATRH lo ha dispuesto en el Reglamento
de agosto de 2017 asà adoptado por ella en virtud de la Ley 8
(h) Naturaleza del trabajo.
(i) Requisitos mÃnimos según los ha dispuesto OARTH en el Reglamento
de la Ley 8, supra.
(j) Periodo probatorio.
(k) Plazo para radicar la solicitud.
(I) Condiciones del trabajo y cualificaciones especiales, cuando apliquen.
(m) Cualquier otra información disponible, como lo es donde y como
solicitar, información requerida cuando los solicitantes poseen
experiencia en trabajos ajenos a Gobierno, convalidación de estudios
en el extranjero, acomodos, etc.
4. La convocatoria se emitirá para cubrir el puesto necesario en el momento
y el registro de elegibles se cancelará con el reclutamiento del candidato.
55
5. La elegibilidad de las personas que soliciten las convocatorias se eliminará
por cualquiera de las siguientes causas:
(a) Declaración del solicitante que no acepta nombramiento.
(b) Dejar de comparecer a entrevista sin razón justificada.
(c) Dejar de someter evidencia que se le requiere sobre requisitos
mÃnimos.
(d) No presentarse al lugar de trabajo después de extendido el
nombramiento sin causa justificada dentro del término de cinco (5) dÃas
laborables de la fecha de su nombramiento.