Regl. 9472, art. 11-11.3 dup2

Procesamiento y Rechazo de Solicitudes de Exámenes.

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Cite as Reglamento Núm. 9472, Art. 11-11.3 dup2

a. Las solicitudes recibidas como resultado de los avisos públicos se revisarán para determinar las que deben ser aceptadas 0 rechazadas. b. Se rechazarán las solicitudes por cualquiera de las siguientes causas: 1. No ser ciudadano americano 0 extranjero legalmente autorizado a trabajar conforme a la Ley, 2. Radicación tardía; 3. No reunir los requisitos mínimos establecidos para desempeñar el puesto; 4. Tener conocimiento de que los solicitantes: a. Están física 0 mentalmente incapacitados para desempeñar las funciones del puesto; b. Han incurrido en conducta deshonrosa; 56 C. Han sido convictos por delito grave 0 por cualquier delito que implique depravación moral; d. Han sido destituidos del Servicio Público; e. Son adictos al uso habitual 0 excesivo desustancias controladas 0 bebidas alcohólicas; f. Han realizado 0 intentado realizar engaño fraude en la información sometida en la solicitud; g. Cuando se tenga conocimiento de que el candidato esté física 0 mentalmente impedido para desempeñar las funciones esenciales del puesto y está cubierto por la Ley ADA; se atenderá el caso de acuerdo con lo dispuesto en la referida legislación; h. No han cumplido con las disposiciones del Artículo 30 de la Ley Núm. 86 de 17 agosto de 1994, conocida como Ley de Sustento de Menores; i. No presentar evidencia de la radicación de planillas en los últimos cuatro años, inmediatamente anterior 0 evidencia de que no tenía la responsabilidad de hacerlo. La evidencia aceptable serán los formularios oficiales que emita el Departamento de Hacienda, a esos efectos, 0 la Planilla de Contribución Sobre Ingresos, debidamente certificada. 57 j. Cumplir con lo dispuesto en la Ley 168-2000 enmendada, Ley para el Fortalecimiento del Apoyo Familiar y Sustento de Personas de Edad Avanzada k. Cualquiera otra establecida por ley 0 reglamento 5. Las causales enumeradas en los apartados (b) al (e) del sub inciso 4 que antecede se usarán para rechazar solicitudes solamente en los casos en que la persona no haya sido habilitada para competir para puestos en el servicio público. 6. El rechazo se notificará al solicitante por escrito en sobre cerrado, informando la causal del rechazo
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