Regl. 9472, art. 11-11.9 dup2
Nombramientos Transitorios.
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Cite as Reglamento Núm. 9472, Art. 11-11.9 dup2
a. Previo a la decisión de nombrar empleados temporeros 0 transitorios, FIGNA
someterá las peticiones de naturaleza fiscal 0 normativa según haya sido
requerido ante las autoridades correspondientes. Una vez autorizada, por las
mismas, podrá utilizar empleados temporeros 0 transitorios cuando surjan
necesidades de emergencia, imprevistas 0 de duración determinada, en cuyo
caso se podrán crear puestos cuya vigencia no será mayor de doce (12)
meses.
b. Las personas nombradas en puestos de duración fija tendrán estatus
transitorio 0 temporero. Serán igualmente transitorios los nombramientos en
puestos permanentes de servicio de carrera, los cuales se podrán efectuar en
las siguientes circunstancias:
1. Cuando el ocupante del puesto se encuentre disfrutando de licencia sin
sueldo;
2. Cuando exista una emergencia en la prestación de servicios que haga
imposible 0 inconveniente la certificación de candidatos de un registro de
elegibles;
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3. Cuando no exista un registro de elegibles adecuado para el puesto que
requiera algún tipo de licencia y el candidato a nombrarse posea licencia
provisional. Se requerirá previa autorización del Principal Oficial Ejecutivo,
0 por delegación, del Director Ejecutivo para efectuar un nombramiento
transitorio a tenor con este inciso;
4. Cuando el nombrado en el puesto haya sido destituido y haya impugnado
dicha destitución, ya sea administrativa 0 judicialmente;
5. Cuando el nombrado en el puesto haya sido suspendido del empleo y
sueldo por tiempo determinado;
6. Cuando el nombrado en el puesto pase a ocupar otro puesto mediante
nombramiento transitorio y con derecho a regresar a su puesto anterior.
C. La agencia podrá decretar la cesantÃa de empleados temporeros 0 transitorios
en cualquier momento que lo estime conveniente, sujeto a las disposiciones
sobre cesantÃas aplicables.
d. El proceso de reclutamiento y selección para los aspirantes a nombramientos
temporeros consistirá en una evaluación de los candidatos a los únicos fines
de determinar si reúnen los requisitos mÃnimos establecidos para la clase de
puestos en la cual habrán de ser nombrados.