Regl. 9472, art. 13-13.14 dup2

Obligaciones al cesar como Empleado

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Cite as Reglamento Núm. 9472, Art. 13-13.14 dup2

a. En todo caso en que un empleado cese, renuncie 0 sea despedido de su empleo, deberá: 1. Devolver todos aquellos documentos en su posesión que pertenezcan a la agencia, tales como: tarjeta de identificación, tarjeta de servicios médicos, permiso de estacionamiento, etc. 111 2. Devolver los materiales y la propiedad que estaban bajo su custodia, por los cuales ha sido responsable, 0 el valor de estos en caso de que se les hayan perdido. 3. Saldará 0 hará arreglos correspondientes en relación con cualquier deuda que tenga pendiente con la agencia 0 con el Departamento de Hacienda, 0 con otra entidad gubernamental según sea requerido por Ley. b. FIGNA descontará de cualquier partida, ya sea de vacaciones, bono 0 salario que el empleado tenga a su favor, la cantidad necesaria para recobrar cualquier deuda que el empleado tenga con la agencia, con el Departamento de Hacienda 0 con otra entidad gubernamental según sea requerido por Ley. C. En los casos que no tenga ninguna partida de dinero a su favor, se podrá preparar un plan de pagos el cual no excederá de treinta y seis (36) meses antes de recurrir a cualquier otro medio de cobro.
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