Regl. 9472, art. 15-15.1 dup2
Política Pública
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Cite as Reglamento Núm. 9472, Art. 15-15.1 dup2
A partir de la aprobación de la Ley Núm. 8-2017, supra se establece que será la
OATRH quien adopte un Plan de Clasificación y Retribución Uniforme para las
agencias de la Rama Ejecutiva. Dicha agencia emitirá la Normativa en cuestión y
hará aquellas delegaciones que estime conveniente y que solo aplicaran a FIGNA
cuando expresamente lo disponga. El fin perseguido es la uniformidad retributiva
en la fijación y administración de salario en puestos de los empleados públicos que
sean equivalentes a través de todo el sistema de personal y propicien la movilidad.
Conforme a lo anterior, FIGNA establecerá y mantendrá el suyo en consideración
con lo que a continuación se detalla.
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