Regl. 9472, art. 17-17.4 dup2

Aportación patronal uniforme para plan médico para los empleados de FIGNA

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Cite as Reglamento Núm. 9472, Art. 17-17.4 dup2

a. La determinación final a la aportación al plan médico de los empleados de FIGNA será de la jurisdicción del Comité de Cumplimiento con el Plan Fiscal 162 según lo dispuesto en la Ley 26-2017 supra, utilizando como base las métricas establecidas en el Plan Fiscal y según establezca la misma. b. Determinado lo anterior, FIGNA identificará ahorros y recursos adicionales para evitar afectar las aportaciones de los empleados para el pago de los planes médicos. De no poder llegar a los ahorros proyectados en el Plan Fiscal, la diferencia se logrará mediante el establecimiento de un programa para igualar las aportaciones del Gobierno al plan médico. C. AAFAF negociará y acordará las cubiertas de seguros más económicas con aseguradoras privadas 0 bajo cubierta pública para la elección del empleado en el Gobierno como Empleador Único 0 por agencia 0 grupos de agencias conforme lo establece la Ley 26-2017 según enmendada
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