Regl. 9472, art. 20-20.3 dup2
REGLAMENTO DE PERSONAL PARA LOS EMPLEADOS DE CARRERA
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Cite as Reglamento Núm. 9472, Art. 20-20.3 dup2
PolÃtica Pública de FIGNA en cuanto al Uso de Sustancias Controladas y de
Bebidas Alcohólicas en el Empleo
a. FIGNA considera que el uso y abuso de bebidas alcohólicas y de
sustancias controladas es incompatible con la conducta propia de un
ambiente de trabajo adecuado y seguro para todos los empleados y
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que constituye un acto que conlleva la imposición de sanciones
disciplinarias. El uso y abuso de bebidas alcohólicas y de sustancias
controladas tiene efectos negativos en la salud fÃsica y emocional de
las personas y disminuye la productividad y el aprendizaje.
b. A tales efectos, FIGNA ha dispuesto que se prohÃbe la manufactura,
posesión, consumo, venta y distribución de sustancias controladas y
bebidas alcohólicas en los predios de la agencia; disponiéndose que
solamente podrán poseer y consumir sustancias controladas aquellos
empleados que por prescripción médica se les haya indicado como
tratamiento y que el médico les autorice a trabajar durante el mismo.
C. Aquellos empleados que violen las normas aquà establecidas serán
objeto de sanciones disciplinarias.