Regl. 9472, art. 5-5.32
Empleador Único.
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Cite as Reglamento Núm. 9472, Art. 5-5.32
Únicamente para fines de la Ley 8-2017, según enmendada, se refiere a Gobierno
como patrono de todos los empleados de las agencias y corporaciones públicas,
salvo las excepciones expresamente mencionadas en esa Ley.