Regl. 4034, art. 1
BASE LEGAL Y PROPOSITO
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Cite as Reglamento Núm. 4034, Art. 1
E1 Director Ejecutivo de la Autoridad de los Puertos,
con aprobación del Secretario del Departamento de Transportación y Obras Publicas, adopta el presente Procedimiento
que regirá la adjudicación formal de las controversias que
se planteen ante la Autoridad bajo cualquier disposición de
ley, regla o reglamento. Este Procedimiento reafirma el
interés de la Autoridad en ofrecer al público servicios de
alta calidad y eficiencia. Tal adopción se hace en virtud
de la autoridad que le confiere la Ley de la Autoridad de
los Puertos, Ley Núm. 125 del 7 de mayo de 1942, según
enmendada, y la Ley de Muelles y Puertos de Puerto Rico,
Ley Núm. 151 del 28 de junio de 1988, según enmendada y en
virtud de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme
del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Ley Núm. 170 del
12 de agosto de 1988.