Regl. 1369, art. 24-1 dup19
Será deber de toda persona interesada en transportar explosivos
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Cite as Reglamento NĂşm. 1369, Art. 24-1 dup19
o cualquier sustancia que pueda utilizarse para fabricar explosivos a cualquier
polvorĂn O de un polvorĂn al sitio de consumo, asĂ como el conductor del
vehĂculo de motor utilizado con tal propĂłsito, solicitar y obtener del Superintendente de la PolicĂa el correspondiente permiso. Cumpliendo con los requisitos que se establece en la SecciĂłn I del CapĂtulo V de este reglamento.