Regl. 4042, art. 3

Definición

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Cite as Reglamento Núm. 4042, Art. 3

1. Administración La Administración de Servicios Generales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico 2. Administrador El Administrador de la Administración de Servicios Generales. 3. Administrador Auxiliar Los Administradores Auxiliares de cada una de las Areas de la Administración. 4. Acuerdo Toda decisión tomada por la Junta sobre cualquier recurso ante su consideración que no conlleve la disposición final del recurso. 5. Agencia o Agencias de la Rama Ejecutiva Todo administración, y todo organismo gubernamental existente o que en el futuro se creare en la Rama Ejecutiva. 6. Agencia Peticionaria Toda agencia del Gobierno que por ley esté obligada a utilizar los servicios de la Administración O aquellas que no estando obligadas 4042 ADMINISTRACION DE SERVICIOS GENERALES 4042 REGLAMENTO DE LA JUNTA DE RECONSIDERACION DE LA ADMINISTRACION DE SERVICIOS GENERALES REGLAMENTO DE LA JUNTA DE RECONSIDERACION INDICE 4042 PAGINA
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