Regl. 4043, art. 74

Reconsideración de Adjudicación

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Cite as Reglamento Núm. 4043, Art. 74

Cualquier licitador participante en una subasta podrá solicitar ante la Junta de Reconsideración de la Administración reconsideración de la adjudicación hecha por la Junta de Subastas O cancelación de ésta, dentro del término 6 de diez (10) días laborables contados a partir de la fecha de la notificación que será determinada por el matasellos del correo federal, según dispone el Reglamento de la Junta de Reconsideración de la agencia. 1. Requisito
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