Regl. 4060, art. IV-4.6
Contestación a la Querella o Solicitud
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Cite as Reglamento Núm. 4060, Art. IV-4.6
Dentro de los 20 días siguientes a la fecha del
archivo en autos de una copia de la notificación de
la querella O solicitud la parte querellada o promovida
realizará su contestación O alegación en la que deberá
incluir las defensas que le asistan.