Regl. 4060, art. IV-4.6

Contestación a la Querella o Solicitud

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Cite as Reglamento Núm. 4060, Art. IV-4.6

Dentro de los 20 días siguientes a la fecha del archivo en autos de una copia de la notificación de la querella O solicitud la parte querellada o promovida realizará su contestación O alegación en la que deberá incluir las defensas que le asistan.
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