Regl. 4060, art. VII
ARCHIVO Y CUSTODIA DE EXPEDIENTES
Length: 204 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 4060, Art. VII
La Sección O Unidad para la Uniformidad de
Procedimientos Administrativos de la Corporación de las
Artes Musicales tendrá actualizado un archivo de
expedientes oficiales de los casos adjudicativos.
Mantendrá un expediente oficial de cada procedimiento
adjudicativo llevado a cabo de conformidad con este
reglamento. El expediente incluirá, pero sin limitarse.
a) Las notificaciones de todos los procedimientos
b) Cualquier orden O resolución interlocutoria
dictada antes de la vista.
c) Cualquier moción, alegación, petición O
requerimiento.
d) Evidencia recibida O considerada.
e) Una relación de todas las materias de las que
se tomó conocimiento oficial.
-20.-
£) Ofrecimiento de prueba, objeciones y resoluciones
sobre las mismas.
g) Propuestas de determinaciones de hecho y
conclusiones de derecho, órdenes solicitadas
y excepciones.
h) El memorando preparado por el funcionario que
presidió la vista junto con cualquier
transcripción de todo O parte de la vista
considerada antes de la disposición final del
procedimiento en aquellos casos en que el
funcionario que presidió la vista no tenga
facultades de adjudicar.
i) Cualquier orden O resolución final, preliminar
O en reconsideración.
El expediente de la Corporación constituirá la base
exclusiva para la acción a llevarse a cabo en un
procedimiento adjudicativo correspondiente y para la
revisión judicial ulterior.
PARTE IV