Regl. 4060, art. VI-6.1
Tiempo para la Notificación y Contenido
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Cite as Reglamento Núm. 4060, Art. VI-6.1
La Corporación de las Artes Musicales notificará
por escrito a todas las partes O a sus representantes
autorizados e interventores, la fecha, hora y lugar en
que se celebrará la vista adjudicativa. La notificación
se deberá efectuar por correo O personalmente con no
menos de quince (15) dÃas de anticipación a la fecha
de la vista, excepto que por causa dedibamente
justificada, consignada en la notificación, sea necesario
acortar dicho perÃodo. La notificación deberá contener
la siguiente información:
a) Fecha, hora y lugar en que se celebrará la vista,
asà como su naturaleza y propósito.
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b) Cita de la disposición legal O reglamentaria
que autoriza la celebración de la vista.
c) Advertencia de que las partes podrán comparecer
asistidas de abogados, pero no estarán obligadas
a estar asà representadas, incluyendo los casos
de corporaciones
d) Referencia a las disposiciones legales o
reglamentarias presuntamente infringidas (si
se imputa una infracción a las mismas) y a los
hechos constitutivos de tal infracción.
e) Apercibimiento de las medidas que la Corporación
podrá tomar si una parte no comparece a la vista.
f) Advertencia de que la vista no podrá ser
suspendida sin previa causa O justificación.