Regl. 4061, art. 4

"Determinación Final y Procedimiento

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Cite as Reglamento Núm. 4061, Art. 4

Subsecuente" La autoridad nominadora notificará por escrito a la Sección O Unidad para la Uniformidad de Procedimientos Administrativos de la Corporación de las Artes Musicales la determinación adoptada en un plazo no mayor de cinco (5) días laborables a la fecha de la determinación. Dicha Sección O Unidad notificará a los participantes de la referida determinación en un plazo no mayor de cinco (5) días laborables a la fecha de recibo de la notificación. En dicha comunicación se le informará al participante, su derecho de impugnación ante el Tribunal Superior que le competa dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de vigencia de dicha regla O reglamento. La acción que se inicie para impugnar el procedimiento seguido al adoptar las reglas o reglamentos de que se trate, no paralizará la vigencia de los mismos, a menos que la ley al amparo de la cual se adopta, disponga expresamente lo contrario.
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