Regl. 4061, art. 4
"Determinación Final y Procedimiento
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Cite as Reglamento Núm. 4061, Art. 4
Subsecuente"
La autoridad nominadora notificará por escrito a
la Sección O Unidad para la Uniformidad de Procedimientos
Administrativos de la Corporación de las Artes Musicales
la determinación adoptada en un plazo no mayor de cinco
(5) días laborables a la fecha de la determinación. Dicha
Sección O Unidad notificará a los participantes de la
referida determinación en un plazo no mayor de cinco (5)
días laborables a la fecha de recibo de la notificación.
En dicha comunicación se le informará al participante,
su derecho de impugnación ante el Tribunal Superior que
le competa dentro de los treinta (30) días siguientes
a la fecha de vigencia de dicha regla O reglamento.
La acción que se inicie para impugnar el procedimiento
seguido al adoptar las reglas o reglamentos de que se
trate, no paralizará la vigencia de los mismos, a menos
que la ley al amparo de la cual se adopta, disponga
expresamente lo contrario.