Regl. 4085, art. V
ESTUDIO DE NECESIDAD Y CONVENIENCIA
Cite as Reglamento Núm. 4085, Art. V
La Agencia realizará estudio de necesidad y
conveniencia para determinar de acuerdo al interés público y
tomando en consideración los servicios que la entidad sin fines
pecuniarios presta si se le debe vender dicho predio de terreno
al solicitante.
a. Será discrecional el que para estos fines la
agencia celebre vista pública en la comunidad
donde está ubicado el predio solicitado.
b. De celebrarse la vista pública se citará a los
dueños y vecinos de las propiedades localizadas a
100 metros de las colindancias del predio a
venderse, para que expresen su opinión sobre la
transacción de venta.