Regl. 4085, art. V

ESTUDIO DE NECESIDAD Y CONVENIENCIA

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Cite as Reglamento Núm. 4085, Art. V

La Agencia realizará estudio de necesidad y conveniencia para determinar de acuerdo al interés público y tomando en consideración los servicios que la entidad sin fines pecuniarios presta si se le debe vender dicho predio de terreno al solicitante. a. Será discrecional el que para estos fines la agencia celebre vista pública en la comunidad donde está ubicado el predio solicitado. b. De celebrarse la vista pública se citará a los dueños y vecinos de las propiedades localizadas a 100 metros de las colindancias del predio a venderse, para que expresen su opinión sobre la transacción de venta.
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