Regl. 4087, art. 1.01-1.02
Autoridad y Base Legal
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Cite as Reglamento Núm. 4087, Art. 1.01-1.02
Este Reglamento se adopta y promulga de conformidad con los poderes
conferidos al Secreario del Departamento de Recursos Naturales por el
Artículo 5 de la Ley Número 83 del 13 de mayo de 1936, según enmendada,
conocida como la Ley de Pesca de Puerto Rico; el Artículo 5 de la Ley Núm.
23 del 20 de junio de 1972, según enmendada, conocida como la Ley Orgánica
del Departamento de Recursos Naturales, y las Secciones 3, 5, 6 y 7 de la
Ley Número 82 del 7 de julio de 1979, según enmendada, conocida como la Ley
para Crear la Corporación para el Desarrollo y Administración de los
Recursos Marinos, Lacustres y Fluviales de Puerto Rico.