Regl. 9474, art. 7.6.1

EXENCIÓN POR RAZÓN RELIGIOSA

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Cite as Reglamento Núm. 9474, Art. 7.6.1

1) No se requerirá el certificado de inmunización para admisión o matrícula de aquel estudiante o niño en edad preescolar que presente una declaración jurada de que él O sus padres pertenecen a una organización religiosa cuyos dogmas confligen con la inmunización. 2) La declaración jurada incluirá la siguiente información: a) Nombre del estudiante y del padre, tutor legal o encargado; b) Nombre del ministro de la iglesia o secta a la que pertenece; c) Nombre de la organización religiosa a la que pertenece; d) Declaración clara y específica de que la vacunación es contrario al dogma que profesa la organización religiosa; e) Firma del estudiante, sus padres, tutor o persona encargada; f) Firma del ministro de la organización religiosa a la que pertenece. La vigencia de la declaración jurada por razón religiosa será anual. La exención por razón religiosa será nula en cualquier caso de epidemia declarada por el secretario de Salud. Reglamento para la Inmunización Compulsoria de Niños Página 10 en Edad Preescolar y Estudiantes en Puerto Rico
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