Regl. 9474, art. 8.2-5
APLICABILIDAD
Length: 98 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9474, Art. 8.2-5
Este reglamento se aplicará a toda escuela pública y privada, en todos los
niveles escolares, a los centros de cuidado diurno y centros de tratamiento
social O cualquier otra institución educativa que el secretario de Salud
determine su aplicación, siempre y cuando el servicio este dirigido a menores
de edad.
Reglamento para la Inmunización Compulsoria de Niños
Página 6
en Edad Preescolar y Estudiantes en Puerto Rico
Se incluyen al cumplimiento con el presente reglamento, los colegios y
universidades autorizados por el Consejo de Educación Superior para
funcionar como tales en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.