Regl. 9479, art. 6.1-VII
Derogación
Cite as Reglamento Núm. 9479, Art. 6.1-VII
Por la presente Enmienda a la Sección 6.1 del Reglamento 4439 de 7 de mayo de
1991, titulado Reglamento de Personal del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico,
Servicio de Carrera, se derogan todas las providencias reglamentarias, normas y
usos del Departamento de Seguridad Pública que estén en conflicto o que resulten
incompatibles con la misma. En el caso de que un Convenio Colectivo vigente
establezca alguna disposición que contravenga lo dispuesto en este Reglamento,
prevalecerá la cláusula de ese Convenio.
Reglamento para Enmendar la Sección 6.1 del Reglamento 4439 de 7 de mayo de 1991, titulado
"Reglamento de Personal del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico, Servicio de Carrera"
Página 28