Regl. 9480, art. XXI-IV
Aplicabilidad
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Este Reglamento será de aplicabilidad a los empleados del Servicio de Carrera y
a los de Confianza, incluyendo el sistema clasificado. Aquellas disposiciones que
estén en conflicto con los Convenios Colectivos vigentes no serán de aplicabilidad
a los empleados civiles que ocupen puestos dentro de la Unidad Apropiada.
Asimismo, no aplicará al personal con estatus transitorio excepto lo que
expresamente se dispone. Le será extensivo a los empleados civiles a nivel
central del DSP, independientemente del Negociado de procedencia. No será de
Reglamento de Transacciones de Personal para los Empleados del Sistema Clasificado del DSP
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aplicabilidad al Negociado de la PolicÃa de Puerto Rico, es decir, al Sistema de
Rango, por cuanto el mismo debe cumplir con los preceptos de la Reforma de la
PolicÃa. Tampoco al Sistema Clasificado solo en aquellos temas que han sido
exceptuados mediante Ordenes Administrativas 0 Reglamentos adoptados por el
Secretario.