Regl. 9480, art. XXI-IV

Aplicabilidad

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Este Reglamento será de aplicabilidad a los empleados del Servicio de Carrera y a los de Confianza, incluyendo el sistema clasificado. Aquellas disposiciones que estén en conflicto con los Convenios Colectivos vigentes no serán de aplicabilidad a los empleados civiles que ocupen puestos dentro de la Unidad Apropiada. Asimismo, no aplicará al personal con estatus transitorio excepto lo que expresamente se dispone. Le será extensivo a los empleados civiles a nivel central del DSP, independientemente del Negociado de procedencia. No será de Reglamento de Transacciones de Personal para los Empleados del Sistema Clasificado del DSP Página 5 aplicabilidad al Negociado de la Policía de Puerto Rico, es decir, al Sistema de Rango, por cuanto el mismo debe cumplir con los preceptos de la Reforma de la Policía. Tampoco al Sistema Clasificado solo en aquellos temas que han sido exceptuados mediante Ordenes Administrativas 0 Reglamentos adoptados por el Secretario.
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