Regl. 9481, art. 11 dup3
5, F
Cite as Reglamento Núm. 9481, Art. 11 dup3
Camino de acceso pavimentado y áreas alternas accesibles para
usar cuando la lluvia afecta el funcionamiento normal de la
instalación. Las vÃas de acceso deberán resistir el tráfico continuo de
vehÃculos pesados hacia y desde la instalación. El camino de acceso
al relleno sanitario y áreas administrativas, incluidas las vÃas de acceso
de emergencia, se recubrirán con asfalto, hormigón o piedra. El
camino de acceso a las zonas de descarga activa deberá estar
cubierto con materiales naturales capaces de soportar el tráfico y
reducir el escurrimiento;