Regl. 9483, art. 24
VIGENCIA
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Cite as Reglamento Núm. 9483, Art. 24
Este Reglamento entrará en vigor treinta (30) dÃas después de su radicación en
el Departamento de Estado de Puerto Rico de acuerdo con las disposiciones de la Ley
38-2017, según enmendada.
En San Juan, Puerto Rico, hoy, 24 de mayo de 2023.
Nydia M. Cotto Vives
Presidenta del Panel
Rubén Vélez Torres
Ygrà Rivera Sánchez
Miembro del Panel
Miembro del Panel
30