Regl. 9483, art. 24

VIGENCIA

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Cite as Reglamento Núm. 9483, Art. 24

Este Reglamento entrará en vigor treinta (30) días después de su radicación en el Departamento de Estado de Puerto Rico de acuerdo con las disposiciones de la Ley 38-2017, según enmendada. En San Juan, Puerto Rico, hoy, 24 de mayo de 2023. Nydia M. Cotto Vives Presidenta del Panel Rubén Vélez Torres Ygrí Rivera Sánchez Miembro del Panel Miembro del Panel 30
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