Regl. 9483, art. 7
DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Y DOCUMENTOS FISCALES
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Cite as Reglamento Núm. 9483, Art. 7
CENTRO DE DOCUMENTOS INACTIVOS DE ADMINISTRACIÓN
Los Documentos Administrativos, son aquellos que, establecen polÃtica
institucional y/o están relacionados con procedimientos, funciones y operaciones
administrativas de la Oficina.
Los Documentos Fiscales son aquellos que se originan, conservan, o se reciben
en la Oficina y son utilizados para tramitar, registrar, resumir e informar las operaciones
financieras de la misma. También, incluye aquellos documentos que fuesen necesarios
para que la Oficina del Contralor de Puerto Rico pueda fiscalizar los ingresos, cuentas y
desembolsos de la Oficina.
Tanto los Documentos Administrativos como los Documentos Fiscales se
mantendrán en los Expedientes Administrativos en las áreas correspondientes donde
se utilicen con frecuencia, mientras que aquellos que se consulten con poca frecuencia,
se conviertan en inactivos o hayan sido intervenidos en auditorÃas realizadas por la
Oficina del Contralor de Puerto Rico. Estos serán conservados en Centro de
Documentos Inactivos de Administración.
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Los originales de los Documentos Administrativos o de los Documentos Fiscales
o cualquier reproducción de éstos, según sea el caso, incluyendo aquellos documentos
fiscales que, por estar relacionados con el manejo de los asuntos públicos o que por su
valor legal informativo sea necesario conservarlos como prueba de las labores diarias,
se conservarán por seis (6) años o hasta tanto la Oficina sea auditada por la Oficina
del Contralor de Puerto Rico, lo que ocurra primero.
Aquellos Documentos Administrativos o Documentos Fiscales relacionados a
reclamaciones, acciones o procesos judiciales o administrativos, se conservarán
conforme indicado anteriormente, o hasta tanto se resuelva la reclamación, la acción o
el proceso y la determinación sea final y firme, el término que sea mayor.