Regl. 9483, art. 9
DOCUMENTOS ESENCIALES
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Cite as Reglamento Núm. 9483, Art. 9
Los Documentos Esenciales son aquellos documentos primordiales que
proveerán la información requerida por cualquier dependencia del Gobierno durante
una emergencia.
Durante la primera fase en un desastre, no se contará con el tiempo ni el lugar
apropiado para leer de forma electrónica, en micro formas u otros documentos legibles
en máquinas, aun cuando el equipo, empleados y los sistemas de energÃa estén
disponibles.
Forman parte de los Documentos Esenciales aquellos documentos requeridos
por agencias gubernamentales y descritos como documentos comunes en todas las
dependencias del gobierno. La Oficina deberá cotejar dichos documentos para
determinar las operaciones particulares, en caso de que surja una emergencia. Entre
los documentos tÃpicos de documentos requeridos se incluyen, sin limitarse, a los
siguientes:
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1. Plan Operacional de Emergencias, que deberá incluir un informe de las
funciones, planes y programas para enfrentar situaciones de emergencia.
2. Lista de personal clave y delegación de autoridad incluyendo: lÃneas de
sucesión, directrices y lista de personal operacional de la Oficina en caso
de emergencia.
3. Listas y dibujos, mapas mostrando localizaciones y otra información
esencial sobre facilidades de emergencia incluyendo a agencias o
entidades como: PolicÃa, Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias
y Administración de Desastres, hospitales, refugios, entre otros.
4. Medios de comunicación.
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5. Lista de materiales y equipos claves tales como aparatos contra
incendios, instrucciones de operaciones, entre otros.
6. Lista de documentos esenciales y sus localizaciones, y un resumen de
documentos disponibles en la Oficina.
El criterio de selección de los Documentos Esenciales se establecerá de forma
prioritaria en la Oficina y será estrictamente aplicado en las emergencias.
Los Documentos Esenciales se clasificarán en tres categorÃas, con una base
funcional aplicable a los documentos del gobierno estatal y municipal. Esas tres
categorÃas son:
Primera categorÃa Documentos que contengan información esencial para
conducir operaciones de supervivencia durante un desastre, que incluye planes
operacionales de diversos servicios de emergencia.
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Segunda categorÃa Documentos que contengan información esencial en la
fase de recobro para restablecer las estructuras organizacionales y sus
funciones básicas.
Tercera categorÃa Documentos que contengan información esencial en la fase
de recobro para restablecer las responsabilidades o los derechos básicos de los
individuos e instituciones públicas o privadas.
La Oficina deberá realizar un inventario total de los Documentos Esenciales a ser
retenidos o grupos de series, tomando la debida precaución de verificar y asegurar que
la información esté completa y concisa. Se considerará cada fuente de información
que posea la Oficina.
La información de los documentos requeridos para ofrecer información esencial
podrán ser extractos de los documentos. Los documentos originales de dónde estos
fueron obtenidos se conservarán para su uso futuro, tales como: Historial de Personal,
documentos de Finanzas, entre otros.
Cualquier Documento Esencial deberá estar completo, disponible, y listo para uso
inmediato. Los documentos de la primera categorÃa deben estar en papel, aunque
estén digitalizados, en CD 's y cualquier medio electrónico existente.
Una vez seleccionados los Documentos Esenciales, la Oficina deberá mantener
actualizadas las listas de dichos documentos.
Además de estas listas, la Oficina deberá contar con guÃas de búsqueda de
información, tales como: inventarios, Ãndices, registros, listas, programas de
computadoras, entre otros, para la búsqueda de los documentos seleccionados. Estas
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guÃas se considerarán tan esenciales, como los documentos mismos, y deberán estar
acompañados por éstos.