Regl. 9488, art. II
INTRODUCCIÓN Y PROPÓSITO
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Cite as Reglamento Núm. 9488, Art. II
La Sección 19 del Artículo VI de la Constitución del Gobierno de Puerto
Rico consagra la obligación del Estado de promover oportunidades de
rehabilitación a los miembros de la población correccional. De conformidad con
dicho mandato constitucional, el Artículo 2 del Plan de Reorganización del
Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) Núm. 2-2011, establece
que, más allá de custodiar a los transgresores de la ley, el Departamento tiene el
deber de establecer procesos de rehabilitación moral y social, a fin de fomentar
la reincorporación de los miembros de la población correccional a la sociedad.
Entre dichos procesos de rehabilitación, se encuentran los Programas de
Desvío, los cuales son programas establecidos para que las personas convictas
cumplan parte de su sentencia fuera de la institución correccional, sujeto a los
criterios y condiciones establecidos mediante reglamentación.
Específicamente, el Artículo 16 del Plan de Reorganización Núm. 2-2011
del DCR, según enmendado, dispone que "el Secretario establecerá mediante
reglamento los objetivos de cada programa de desvío, cómo habrán de operar,
los criterios y condiciones para la concesión de dicho privilegio, así como
también los criterios, condiciones y procesos que habrán de seguirse para la
revocación del privilegio y administrará los programas de desvío donde las
personas convictas puedan cumplir parte de su sentencia fuera de la institución
correccional".
Siguiendo los fines antes mencionados, el DCR ha creado el Programa
Integral de Reinserción Comunitaria (Programa), que viabiliza un mejor
tratamiento individualizado e integra varios componentes del sistema
correccional para trabajar en nuestra mayor prioridad: la rehabilitación de los que
han delinquido mediante una adecuada reinserción a la comunidad, sin
menoscabar la seguridad pública.
Mediante este Reglamento, se establece la operación, la administración,
los criterios, las condiciones y los procesos de los Programas de Desvío del
DCR.