Regl. 9494, art. 4.2-4.2.1

DEFINICIÓN

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Cite as Reglamento Núm. 9494, Art. 4.2-4.2.1

Método de licitación a ser utilizado cuando se adquieran bienes, obras y servicios no profesionales cuyo costo exceda quince mil dólares ($15,000.00) pero no exceda la DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS AUTORIDAD METROPOLITANA DE AUTOBUSES ENMIENDAS AL REGLAMENTO DE ADQUISICIONES DE BIENES, OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS NO PROFESIONALES Normas Enmendadas: Reglamento Núm. 9415 (AMA I-23-01) Página 7 de 22 cantidad de cien mil dólares ($100,000.00). El Director de Compras o su representante autorizado evaluará las ofertas y adjudicará la buena pro al licitador responsivo que haya ofertado el mejor valor. La División de Compras de la Autoridad deberá justificar la realización de cada Subasta Informal a través del formulario establecido para esos fines. Junto con el formulario se deberá presentar, y mantener en el expediente, toda la documentación que sustente la justificación. La justificación deberá ser firmada por el Comprador asignado al trámite de la adquisición y por el Director de Compras. Estos últimos certificarán en la justificación que se realizaron los procesos de conformidad con lo dispuesto en este reglamento. Además, certificarán en la justificación que no se ha intentado fraccionar una adquisición con el propósito de reducir el valor de la compra agregada por debajo del límite de cuantía establecida para la celebración de una Subasta Formal. Dentro de este método de licitación de subasta informal, se incluye el mecanismo de compra por mercado abierto, que será de uso excepcional. Este mecanismo de mercado abierto estará disponible cuando se trate de bienes, obras o servicios específicos o definidos, los cuales, por su naturaleza, no requieran de especificaciones adicionales. Algunos bienes, obras y servicios no profesionales que la AMA ha determinado adecuados para este mecanismo de compra lo son: 1) control de plagas; 2) mantenimiento de elevadores; 3) recogido de material peligroso (anticongelante/refrigerante aceites y combustibles, entre otros) y respuesta a emergencia ambiental; 4) mantenimiento de unidades de acondicionador de aire y torres de enfriamiento; 5) recogido de desperdicios sólidos; 6) recarga de extintores; 7) servicio de mantenimiento de compresores de aire comprimido; 8) efectos de oficina; 9) productos de limpieza; 10) reparaciones y servicio de mantenimiento a estructura y equipo del taller de mecánica; 11) piezas de repuesto para la flota de autobuses. Adicionalmente, el Director de la División de Compras podrá adoptar otros renglones o categorías de bienes, obras o servicios no profesionales, que sean aptos para el mecanismo de mercado abierto, a través de una un documento guía, siempre y cuando cuente con el visto bueno de la Presidente. Este mecanismo no es adecuado para contratar obras de construcción basadas en planos diseñados por ingenieros o arquitectos, ni para adquirir vehículos de motor, mobiliario, entre otras que puedan conllevar especificaciones elaboradas. Adicionalmente se incorpora una nueva Sección 4.2.26
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