Regl. 9494, art. 6.1
LAS DISPOSICIONES DE LEY
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Cite as Reglamento Núm. 9494, Art. 6.1
La Ley Núm. 38-2017, según enmendada, conocida como "Ley de Procedimientos
Administrativos Uniformes" rige lo relacionado a las reconsideraciones,
revisiones administrativas ante la Administración de Servicios Generales, (ASG) y
DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS
AUTORIDAD METROPOLITANA DE AUTOBUSES
ENMIENDAS AL REGLAMENTO DE ADQUISICIONES DE BIENES, OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS
NO PROFESIONALES
Normas Enmendadas:
Reglamento Núm. 9415 (AMA I-23-01)
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la revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones cuando un ente administrativo
emite una adjudicación en un proceso de licitación pública, según reconocido por
la Ley Núm. 73-2019. Esta Ley dispone en su Sección 3.19 que "los procedimientos
de adjudicación de subastas o solicitud de propuestas serán informales; su
reglamentación y términos serán establecidos por la Administración de Servicios
Generales en estricto cumplimiento con los procedimientos que establece la Ley
73-2019, según enmendada, sin menoscabo de los derechos y obligaciones de los
licitadores bajo la política pública y leyes vigentes en la jurisdicción de Puerto
Rico."