Regl. 9494, art. 6.1

LAS DISPOSICIONES DE LEY

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Cite as Reglamento Núm. 9494, Art. 6.1

La Ley Núm. 38-2017, según enmendada, conocida como "Ley de Procedimientos Administrativos Uniformes" rige lo relacionado a las reconsideraciones, revisiones administrativas ante la Administración de Servicios Generales, (ASG) y DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS AUTORIDAD METROPOLITANA DE AUTOBUSES ENMIENDAS AL REGLAMENTO DE ADQUISICIONES DE BIENES, OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS NO PROFESIONALES Normas Enmendadas: Reglamento Núm. 9415 (AMA I-23-01) Página 13 de 22 la revisión judicial ante el Tribunal de Apelaciones cuando un ente administrativo emite una adjudicación en un proceso de licitación pública, según reconocido por la Ley Núm. 73-2019. Esta Ley dispone en su Sección 3.19 que "los procedimientos de adjudicación de subastas o solicitud de propuestas serán informales; su reglamentación y términos serán establecidos por la Administración de Servicios Generales en estricto cumplimiento con los procedimientos que establece la Ley 73-2019, según enmendada, sin menoscabo de los derechos y obligaciones de los licitadores bajo la política pública y leyes vigentes en la jurisdicción de Puerto Rico."
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