Regl. 9494, art. 7.1
EL REQUISITO DE FORMA EN EL CONTRATO
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Cite as Reglamento Núm. 9494, Art. 7.1
GUBERNAMENTAL
La sana política pública administrativa requiere que
los Contratos Gubernamentales cumplan con los siguientes requisitos: 1) se
reduzcan a escrito en un instrumento formal; 2) se mantenga un registro fiel con
mira a prima facie establecer su existencia; 3) se remita copia a la Oficina del
Contralor como medio de una doble constancia de su otorgamiento, términos y
existencia; y 4) que se acredite la certeza de tiempo, esto es, haber sido realizado y
otorgado quince (15) días antes de que su copia haya sido remitida a la Oficina del
Contralor.